Castigados sin internet

  • Por:
  • Txema Rodríguez - Ariadna

¿Podría aplicarse en España la misma norma que en Gran Bretaña? entrarían en conflicto la propiedad intelectual y la intimidad de los usuarios. En cualquier caso, perderían las operadoras


El Reino Unido se ha subido a la ola Sarkozy y ha anunciado medidas legislativas para desconectar de la Red a los ciberpiratas. Un guiño que, sobre el papel, se presenta como original y permite a los políticos de turno posar al lado de sus artistas favoritos a la vez que pasa la pelota a las empresas proveedoras de internet. Ellas han de cargar, según los borradores legales de británicos y galos, con la onerosa y cara tarea de señalar con el dedo a sus clientes sospechosos de descargas ilegales y desenchufarles de la Red si no hacen caso de las advertencias.

Sin embargo, no ha de resultar una tarea tan sencilla en la vida real. Al menos en el caso español, asegura el abogado Carlos Sánchez Almeida, donde "la actividad de intercambio de archivos no es delictiva con el Código Penal en la mano". Según este defensor de los derechos civiles en la Red, el problema que se plantea es que los gobiernos habrían "de legislar en contra de las telecos y no se atreven, habrían de olvidarse de perseguir a los usuarios y fijarse en el beneficio brutal" que obtienen estas empresas, cuyas líneas de negocio "pasan por ampliar sus ofertas de ADSL y promocionar que las descargas sean cada vez más rápidas".

Víctor Domingo, presidente de la Asociación de Internautas, recuerda que en España ya se intentó en el famoso artículo 17 bis de la Ley de Impulso a la Sociedad de la Información (Lisi), permitir que las sociedades de gestión retiraran contenidos de internet sin intervención judicial y "eso se echó para atrás porque estamos hablando de derechos fundamentales, y lo que se plantea con medidas de este tipo es un recorte de las libertades de los ciudadanos. Es como si le pides a Correos que ponga gente a abrir las cartas y te avise si alguien ha copiado un poema de Víctor Manuel, es surrealista y nos sitúa al borde de un estado totalitario".

Pero, ¿es posible desconectar de la Red a un usuario? La legislación española, a través de la Ley de Propiedad Intelectual, ampara las medidas contra los intermediarios (los proveedores de internet en este caso) "aunque sus actos no constituyan en sí mismos una infracción", pero ninguna de las asociaciones que gestionan derechos se atreve a franquear esta puerta, explica Sánchez Almeida, porque en la ley se establece que las "medidas habrán de ser objetivas, proporcionadas y no discriminatorias" algo que, de hecho, conlleva el establecimiento de "una fianza para evitar daños" y "nadie quiere enfrentarse con los abogados de Telefónica".

Aunque la posibilidad existe. "Un juez podría conectarse y sin mirar qué usuarios hay detrás pedir al operador que retire un contenido de las redes de intercambio", afirma el abogado; en ese momento comenzarían los problemas para el proveedor, quien habría de acatar una orden que plantea límites jurídicamente muy enrevesados. La opción más equilibrada pasa por lo que Sánchez Almeida denomina "medidas técnicas", dotar a los equipos o a las conexiones a la Red de limitaciones para las descargas y educar a los usuarios; aunque, según reconoce el director de la Agencia Española de Protección de Datos, Artemi Rallo, "para empezar no está claro qué es o no delito, porque la descarga no lo constituye, ni tampoco facilitar el uso masivo a usuarios".

Rallo se muestra cauto respecto a las medidas anunciadas en Francia y Gran Bretaña y afirma que "en España no hay una ley que disuelva el dilema" entre la protección de la propiedad intelectual y la de la intimidad de los usuarios. En cambio, afirma Rallo, estos dos países han optado, al amparo de la legislación europea, por "decantarse de un lado, aunque eso suponga en la práctica una restricción de derechos para sus ciudadanos".

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