Indicedonkey, nuevo sobreseimiento: facilitar al usuario el link no constituye delito

JUZGADO DE INSTRUCCION N° 1

MADRID

DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO 6824 /2005

AUTO

En MADRID a treinta y uno de octubre

HECHOS

UNICO.- En este Juzgado se sigue el procedimiento Diligencias Previas 6824/05 por delito contra la propiedad intelectual, habiendose presentado por el la representación de MLP, escrito en fecha 26-9-O8 por el que solicita el sobreseimiento libre y archivo de la causa, del que se ha dado traslado al Ministerio Fiscal y al resto de las partes personadas para que formularan alegaciones sobre dicha solicitud.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

UNICO. - El auto de 27 de junio de 2008, dictado en la Sección 1 de la Audiencia Provincial, dejó sin efecto el sobreseimiento provisional de la causa de 19 de marzo de 2008, por falta de un informe pericial cuya pertinencia se había admitido. El 25 de septiembre de este año el perito D J.L.M.M. ratificó el dictamen antes mencionado, a presencia judicial y de las partes, quienes pudieron solicitar las aclaraciones que estimaron oportunas, interesando la letrada de EGEDA, que el Sr.
L.M. extienda su labor, indicando las películas y canciones existentes en la página web, a la que se adhirió el abogado de AGEDI; y la ampliación fue admitida por el Juzgado en providencia de 25 de septiembre. Por último, la representación del codenunciado M.L.P. presentó un escrito el 26 de septiembre, dónde reiteraba su petición de sobreseimiento y archivo, en base al auto de la Sección 2ª de nuestra Audiencia Provincial, fechado el 11 de septiembre de este año, que en un caso similar refrendaba el sobreseimiento acordado por el instructor, entendiendo en síntesis que en casos como el actual, dónde el Link sólo representa un modo de facilitar al usuario el acceso a otra página web, sin necesidad de teclear su nombre, no concurren los requisitos objetivos del tipo que configura el artículo 270 del código Penal. Siendo así, éste Juzgado estima, que a tenor del artículo 641 1º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, procede acordar el sobreseimiento interesado de las diligencias, sin necesidad de llevar a cabo la ampliación de la pericial realizada, pues su contenido puede afectar a las responsabilidades civiles que, en definitiva, pueden derivarse de los hechos instruidos, pero no a su tipicidad.


PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda el SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL Y ARCHIVO de estas actuaciones.

PONGASE ESTA RESOLUCION EN CONOCIMIENTO DEL MINISTERIO FISCAL Y DEMAS PARTES PERSONADAS, previniéndoles que contra la misma podrán interponer, ante este Juzgado, RECURSO DE REFORMA en el plazo de TRES DIAS.

Así lo acuerda manda y firma D. PEDRO LOPEZ JIMENEZ, Magistrado del Juzgado de Instrucción n° 1 de Madrid.