Ley Sinde: procedimiento nulo de pleno derecho
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El pasado 22 de julio la Audiencia Nacional dictó una sentencia de capital importancia para la aplicación práctica de la Ley Sinde, declarando nulo de pleno derecho el procedimiento seguido contra la página Quedelibros.com, al tiempo que condenaba en costas a la Administración del Estado. La sentencia, de extensos razonamientos jurídicos, está publicada online. Si la prosa jurídica no es del gusto del lector, también disponen de un excelente resumen de la misma en la noticia que publicó este periódico el día 1 de agosto.
¿Cuáles son las consecuencias prácticas de la sentencia? De momento debemos ser prudentes: el Abogado del Estado puede interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo, aunque debemos recordar que el alto tribunal ya anuló parcialmente el reglamento que regula el procedimiento de la Ley Sinde. Los argumentos de la Audiencia Nacional son sólidos, por lo que no es muy aconsejable un recurso que malgaste los impuestos de los contribuyentes, que son en última instancia los perjudicados por los errores de la Administración del Estado.
Lo triste del caso es precisamente que quien inició el procedimiento, la entidad de gestión CEDRO, no ha de asumir responsabilidad alguna por su actuación. Como nos hartamos de explicar durante la tramitación parlamentaria, la Ley Sinde pone el Estado al servicio de intereses privados, contraviniendo todos los principios jurídicos que deben regir la actuación de las administraciones públicas, las cuales solo deberían intervenir para la defensa de intereses colectivos. Si el procedimiento de censura consigue sus objetivos -que no son otros que la destrucción de bibliotecas- a CEDRO le sale gratis. Y si pierde, como ha sido el caso, las costas las paga el Estado: es decir, usted y yo, los que con nuestros impuestos pagamos los sueldos de los funcionarios de la Comisión de Propiedad Intelectual.
Pero sigamos analizando la sentencia, y en especial sus últimos párrafos, donde está el meollo del asunto. La página Quedelibros.com es un simple prestador de servicios de intermediación de la sociedad de la información: no aloja obra alguna, sino que simplemente informa sobre libros que los usuarios de internet comparten entre ellos. Pese a que la Comisión de Propiedad Intelectual fue informada puntualmente de que la obra La sombra del viento, de Carlos Ruiz Zafón, no estaba alojada en Quedelibros, sino en Labuenaletra.es, una web que según su homepage es posible gracias a la colaboración del Ayuntamiento de Fuenlabrada y la Concejalía de Cultura de tal ciudad, la Sección Segunda decidió dirigir el procedimiento exclusivamente contra los intermediarios, dejando al margen a quien realmente alojaba la obra.
La Audiencia Nacional considera que el procedimiento de la Ley Sinde no se puede dirigir exclusivamente contra intermediarios, sino que necesariamente debe dirigirse contra los prestadores de servicios de la información que ofrezcan obras protegidas, y por eso declara la nulidad del procedimiento. Las consecuencias de este fallo judicial pueden provocar un efecto dominó, porque tan intermediarios son las páginas de enlaces como los proveedores de hosting: en rigor jurídico, solo deberían ser responsables quienes suben las obras a internet. Pero eso ya será otra guerra.
Cabe añadir que mientras se dictaba esta sentencia, la Comisión de Propiedad Intelectual iniciaba otro procedimiento contra Quedelibros, cuyos responsables deben tener la sensación de estar sometidos a acoso permanente. En el nuevo procedimiento hemos explicado a la Sección Segunda que en Quedelibros no hay enlaces, limitándose a servir de lugar de encuentro para que los usuarios se informen entre sí mediante correos electrónicos protegidos por el derecho fundamental a la inviolabilidad de las comunicaciones. Ya veremos si nos escuchan: quien dispara cañonazos con pólvora del rey no acostumbra a tener buen oído.
No sé qué pensará de todo esto Carlos Ruiz Zafón. A título personal solo puedo decir que defender bibliotecas frente a las antorchas de los inquisidores fue la principal razón por la que me embarqué personalmente en la lucha contra la Ley Sinde. La cultura, desde tiempos ancestrales, no es otra cosa que el conocimiento compartido por los pueblos. Y la cultura viva merece ser defendida, especialmente cuando se aloja en este inmenso cementerio de libros olvidados que llamamos Internet.
Artículo publicado originalmente en Jaque Perpetuo